12 Noviembre
2024
SANCIÓN DE OFICIO
SANCIÓN DE OFICIO
La AEPD también puede actuar de oficio, no siempre es necesario que haya una denuncia previa.
El pasado día 18 de septiembre, la AEPD acordó iniciar de oficio un procedimiento sancionador contra SEAT, S.A. por no recoger correctamente el consentimiento para el uso de las cookies. La AEPD propone inicialmente una sanción de 20.000 que será reducida por asunción de la responsabilidad.
De las actuaciones realizadas, la AEPD sacó las siguientes conclusiones:
- Al entrar en la web por primera vez, una vez limpiado el equipo terminal de historial de navegación y de cookies, sin aceptar nuevas cookies ni realizar ninguna acción sobre la página web, se comprobó que se instalaban cookies de naturaleza técnica, cookies de preferencia, cookies de publicidad y cookies cuya finalidad no pudo ser determinada.
- Al entrar en la web, aparece un banner de información sobre cookies en el que aparentemente se ofrecía la posibilidad de aceptar, rechazar o configurar las cookies. No obstante, esto no era real puesto que ya se habían cargado las cookies en el navegador (independientemente de la decisión de los usuarios).
- Por último, la AEPD reitera que los usuarios deben poder retirar el consentimiento previamente otorgado en cualquier momento. Esto debe de ser tan fácil como otorgarlo. Se considerará que esa facilidad existe, por ejemplo, cuando el usuario tenga acceso sencillo y permanente al sistema de gestión o configuración de las cookies. En el caso de SEAT, S.A. no era posible modificar el consentimiento prestado porque, aunque se rechazara, se comprobó que las cookies seguían presentes en el navegador y seguían enviando información después de que el usuario intentara desactivarlas.
Desde Datalia siempre hacemos hincapié en la importancia de configurar correctamente las cookies, y a raíz de esta nueva resolución, queremos haceros las siguientes recomendaciones:
- Otorgad a la página web y a la gestión de las cookies la importancia necesaria puesto que es algo visible al público de manera constante
- No es necesario que nadie os denuncie, la AEPD puede actuar de oficio
- Concretad con vuestro desarrollador el tipo de cookies que utiliza vuestra web. Después configurarla de forma correcta, asegurando de que no se cargan en el navegador antes de que el usuario acepte y pueda retirar el consentimiento en cualquier momento.
- Analizar los textos de vuestros banners informativos y de vuestras políticas de cookies, para que cumplan con lo establecido en la guía de cookies de la Agencia Española de Protección de Datos.
Con cualquier duda estamos para ayudarte.